TRAS UNA de las movilizaciones más numerosas que se recuerdan, el Pleno del Parlamento Europeo aprobaba, en septiembre de 2018, la propuesta de nueva directiva sobre derechos de autor, en un segundo intento después de que fuera rechazada, dos meses antes, por los eurodiputados. Por primera vez en su historia, una propuesta de la Comisión había sido rechazada por el pleno, en junio pasado. La Comisión se vio obligada a reformular la propuesta y la presión de los grandes lobbies de editores tradicionales y las entidades de gestión de derechos, dieron la vuelta a la decisión anterior, sobre todo por el apoyo de socialistas y populares
Antecedentes
En 2014 el Gobierno español propuso una modificación (art. 32.2) de la Ley de Propiedad Intelectual que repetía la experiencia fracasada de Alemania y que es la que equivale al art. 11de la propuesta de Directiva de Copyright que comentamos. Con una movilización enorme de miles y miles de ciudadanos y cientos de empresas e instituciones que se opusieron (agrupados en la Coa lición Prolnternet), la ley consiguió el rechazo unánime de todos los grupos parlamentarios, menos el del gobierno que, a pesar de haber hecho valer su mayoría absoluta, tuvo que admitir su derrota, en una norma que nunca se puso en práctica.
De esa experiencia, a través de varios informes, se pueden extraer resultados, tajantes e igualmente aplicables a la nueva propuesta de la Directiva de Copyright:
• No existe una justificación para la creación del nuevo derecho que supone un perjuicio para los editores de prensa online al restarles tráfico e ingresos.
• Esta propuesta intenta imponer un modelo determinado contra la libertad de prensa de los diarios, en el ámbito digital.
• Como consecuencia de este supuesto derecho remuneratorio -que nadie ha cobrado nunca, a pesar de haber transcurrido tres años y medio-, los editores de prensa online han dejado de captar importantes ingresos por publicidad, hasta 18 millones de euros anuales, solo en España.
• Además, se ha creado una barrera de entrada y de expansión, y estos daños afectan principalmente a los pequeños editores, con lo que se compromete la diversidad y pluralidad de los medios.
El pleno ha respaldado, ahora, los artículos 11y 13 de la directiva, que han sido el centro de la polémica. Así, por el artículo 11sobre Derecho conexo para el uso digital de publicaciones de prensa, se concede a los editores el derecho a reclamar compensaciones por enlazar sus artículos o incluso fragmentos mínimos (reseñas o snippets) de los mismos, en plataformas digitales como Facebook, Twitter o Whatsapp, durante un periodo de 20 años. Para sus oponentes, esto supondría que se prohibiría de facto compartir enlaces, que a menudo incluyen esas pequeñas reseñas explicativas. ¿Quién no lo ha hecho? Esto perjudicaría a los consumidores, dañando así la libertad de expresión y el pluralismo de los medios de comunicación en la UE. Formulado así, este artículo dificultaría a las editoriales llegar a sus lectores online, viéndose desproporcionadamente afectadas las pequeñas editoriales, las editoriales regionales y las nuevas editoriales de noticias online.
Por otro lado, el artículo 13 sobre Ciertos usos de contenidos protegidos señala que las plataformas digitales tendrán que asegurar “que no se compartan ni estén disponibles aquellas obras o trabajos que puedan infringir derechos de autor”. Esto supondría la limitación de la subida de contenidos agrandes plataformas que deberían eliminar cualquier fragmento, aunque vaya incluido en contenidos más amplios. Organizaciones de consumidores y usuarios consideran que eso abre la puerta a la censura previa.
Actualmente, las editoriales online son responsables si no proceden a la eliminación del contenido ilícito, una vez recibido el aviso. Las nuevas reglas perjudicarían a los medios digitales, imposibles de implementar para los más pequeños, en especial, el revisado previo.
Para que nos hagamos una idea, en 2017 se subían –cada minuto- alrededor de 500 horas de video a YouTube, por los usuarios. Esa cifra ha seguido creciendo y la única manera de cumplir la nueva norma sería eliminar, automáticamente, cualquier indicio de violación de esos derechos, sin posibilidad real de réplica.
Las webs con contenido de usuario integrado (videos, fotos, comentarios, etc.) serían directamente responsables por violaciones de derechos de autor, incluso involuntarias, cometidas por sus usuarios. Además, los espectáculos deportivos podrán no permitir la publicación en internet de imágenes de los eventos sin permiso. Se acabó hacer una foto con el móvil del gol, o las celebraciones de tu equipo.
Sus defensores aseguran que “este derecho conexo nos otorgaría, como editores, una posición legal sobre el material publicado en línea y a través de aplicaciones móviles, del tipo ya otorgado a otros productores en los sectores cinematográfico, musical y audiovisual. Estos derechos se encuentran al lado de los derechos de los autores e intérpretes, o en nuestro caso, de los periodistas y fotógrafos, y dejan en claro que somos los dueños de lo que publicamos y que actuaremos contra el uso no autorizado”‘.
Pero el “uso no autorizado” de los contenidos ya es ilegal y lo que se presenta como nuevos derechos de los editores pueden forzar a los motores de búsqueda y otras plataformas digitales a pagar royalties por mostrar ese contenido.
Y he aquí donde -desde mi punto de vista- está el quiz de la cuestión.
Para sus detractores’, parece que la Comisión Europea insiste en ceder, con esta legislación, a los deseos de algunos edito res de grandes grupos y de algunas entidades de gestión que buscan sobrevivir, sacando dinero a las grandes plataformas de internet, a través de su capacidad para presionar a los políticos en Bruselas. Ya hemos visto numerosos ejemplos similares, en los que Europa a veces parece empeñada en perder el tren de la innovación y en ahogar la competencia. El responsable de Telefónica pedía a la UE una regu lación del siglo XXI’.
El proceso legislativo abre, ahora, el periodo de negociaciones con el Consejo de la UE (el denominado triálogo o diálogo interinstitucional: Comisión, Consejo y Parlamento) para su aprobación definitiva, en un largo recorrido que
incluye su revisión por los Estados miembros, lo que puede facilitar supresiones y añadidos en el texto de la proposición.
Aún estamos a tiempo de evitar que la UE pierda otro tren de la innovación, por servir intereses de quienes siguen ancla dos en el pasado. Debemos mantener IKEA, pero no podemos permitirnos perder otras Nokias.
‘Informe NERA.
‘Asociación de Consumidores y Usuarios Digitales de España (Acude). ‘Christian Van Thillo.CEO Persgroep y Pte. European Publishers Council.
‘Carlos Astiz: le Monde. Los derechos conexos pueden matar a los pequeños editores.
Publicado en: http://www.notariado.org/infodir/E.P./ultimo/32/