Muchos medios se hacen eco de la noticia de la inconstitucionalidad del confinamiento según el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional ha declarado este miércoles por seis votos frente a cinco la inconstitucionalidad del confinamiento general de la población acordado por decreto por el Gobierno de Pedro Sánchez en marzo de 2020, cuando estableció el primer estado de alarma por la Covid-19.El Presidente  en no se que mas

Por un solo voto de diferencia, el TC ha aprobado la ponencia presentada por el magistrado Pedro González-Trevijano, en la que se argumenta que el confinamiento de todos los ciudadanos en sus casas fue una auténtica suspensión- no una mera limitación- del derecho fundamental a la circulación.

Señala elespañol.com

Según okdiario el fallo del constitucional anula las 1.2 millones de multas impuestas durante el estado de alarma.

En su informe, González-Trevijano asevera que las medidas decretadas por el Gobierno afectaban a derechos fundamentales recogidos dentro de la Constitución Española más allá de una simple limitación, por lo que las restricciones se deberían haber enmarcado dentro de un estado de excepción y no de alarma.

 

En la web de europa press añaden:

El Tribunal ha declarado inconstitucionales y nulos los puntos 1 y 3 del artículo 7 del decreto-ley, relativos a la libertad de circulación de personas y coches en espacios y vías públicas; así como el punto 5 del mismo artículo, que permitía al Ministerio del Interior acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos por razones de salud pública.

También ha declarado inconstitucional que se habilitar al Ministerio de Sanidad para modificar o ampliar las medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales y actividades recreativas, así como las actividades de hostelería y restauración

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